Un análisis de los delitos vinculados al narcotráfico en Argentina

Un análisis de los delitos vinculados al narcotráfico en Argentina

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Industria Cannabis

Fuente: Industria Cannabis

0 reacciones·2 de junio de 2022

Hasta el año 2005 le correspondía exclusivamente a la justicia federal de cada una de las jurisdicciones provinciales en el país. A partir de allí, se dio la posibilidad a las provincias, que así lo deseen, de perseguir, juzgar y condenar algunos delitos contenidos en la

Hasta el año 2005 le correspondía exclusivamente a la justicia federal de cada una de las jurisdicciones provinciales en el país. A partir de allí, se dio la posibilidad a las provincias, que así lo deseen, de perseguir, juzgar y condenar algunos delitos contenidos en la ley 23.737. Esto genera que algunas provincias se desfederalicen y persigan delitos de consumo, narcomenudeo o microtráfico, entre otros.

Tenencia para Consumo: Reprime con pena de prisión de 1 mes a 2 años, a quien tuviere estupefacientes en su poder, y sugiere que por su escasa cantidad, y demás circunstancias sea inequívocamente destinada para consumo personal. El problema aquí radica en que, al no estar establecido o delimitado que se entiende por escasa cantidad, la misma corre el riesgo de quedar librada al arbitrio de la decisión judicial.

Tenencia con fines de comercialización: Reprime con pena de prisión de 4 a 15 años a quien tuviera estupefacientes para comercializarlos. Aquí, está presente la idea de lucro, de obtener un rédito económico.

Tenencia simple: Es quizás la figura más controversial de las conductas de tenencia. Se reprime con prisión de uno a seis años y multa al que "tuviere estupefacientes en su poder." Ante la mínima duda se presume esta figura y no su presentación más leve (para consumo propio), termina siendo una figura residual.

En las conductas reprochadas por la ley de estupefacientes 23.737, puede verse además de la imposición de una pena de prisión, una pena pecuniaria (multa). La misma es desorbitante, en el caso del art 5 inc. a, b, c y d, arroja un monto de 243.000 a 4.860.000 pesos.

Según la ley 27.375 del mes de julio del año 2017, que reforma el art. 56 Bis, inc. 10 de la ley 24.660 de ejecución de la pena, aquellas personas que sean condenadas por delitos de narcotráfico no podrán obtener la libertad condicional ni asistida, lo que significó un retroceso en relación al principio de igualdad, resocialización, proporcionalidad, progresividad de la pena.

En definitiva, la persona que queda procesada por narcotráfico, no solo que no goza casi nunca del beneficio de la excarcelación, sino que también debe pagar una multa elevada y encima termina cumpliendo la condena directa. La ferocidad de las penas y la praxis judicial sobre los delitos que involucran la tenencia de estupefacientes, como por su parte, la no distinción en las penas entre tráfico a gran escala o al menudeo deriva en criminalización desproporcionada, que en nada ha contribuido a combatir eficazmente el fenómeno del narcotráfico.


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